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Última actualización: 02/02/2023

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El Club


PRESENTACIÓN.

El Club del Agua Subterránea (CAS) se constituyó en 1994, inscribiéndose en el Registro de Asociaciones como entidad sin ánimo de lucro. Agrupa a profesionales de distintas titulaciones relacionados con las aguas subterráneas, que desarrollan sus actividades en universidades, administraciones públicas y empresas del sector. Inició su andadura con la organización del Manifiesto por la Hidrogeología, que fue dirigido a responsables de las administraciones públicas, asociaciones no gubernamentales y opinión pública en general, en el que se realizaban una serie de propuestas para conseguir un aprovechamiento racional y sostenible, a la vez que la protección del recurso y su entorno ambiental.

 

 

Aguas subterráneas

Manifiesto por la Hidrogeología. Club del Agua Subterránea 1994

Plan de acción sobre las aguas subterráneas. Club del Agua Subterránea 1994

Las aguas subterráneas:
Un recurso natural del subsuelo
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Fuentes del AlgarEse es el titulo de una publicación realizada por el Instituto Geológico y Minero de España. En él se recogen los aspectos científicos y técnicos que envuelven el estudio de las aguas subterráneas. Sin miedo a equivocarnos puede ser el libro sobre aguas subterráneas más distribuido, incluyendo su versión en ingles difundido por la UNESCO en los países africanos.

La palabra subsuelo ha podido confundirse con oculto, palabra también empleada por algunos para definir este recurso. Evidentemente no existe ninguna relación científica entre ambos términos, sin embargo se ha utilizado para justificar por los escépticos, su desconocimiento sobre este medio y el no utilizar las aguas subterráneas. Pero el subsuelo, medio en el que se almacena y mueve el agua subterránea, puede conocerse con gran detalle, ya que se dispone de herramientas científicas y técnicas suficiente para ello. Pero esa apreciación errónea ha cambiado, gracias al esfuerzo de muchas instituciones y de un numeroso grupo de especialistas.

Ya nadie duda de su importancia y del papel que pueden jugar en la planificación y gestión hídrica. Se aprovechan para abastecer a un numero muy importante de habitantes, posiblemente en España superior a los 12 millones, sin incluir  la población abastecida en periodos de sequía por los grandes núcleos urbanos como Madrid o Málaga entre otros, y para el regadío de más de un millón de hectáreas. Siendo estas cifras importantes, están lejos de algunos de nuestros vecinos europeos como Dinamarca, donde casi el cien por cien de la población se abastece con aguas subterráneas o Islandia, Bélgica o Austria entre otros, que superan por mucho el cincuenta por ciento, como puede verse en la figura adjunta.

Proporción de recursos hídricos superficiales y subterráneos.
Hacer clic en la imagen para verla en detalle.

 

Fuente: Eurostar ( 1997a) y ETC/IW (1998). Datos publicados por AEMA (1999).

 

Las aguas subterráneas, constituyen, en muchos casos, el soporte hídrico de los caudales ecológicos de nuestros ríos y riberas y de muchos humedales. Por poner algún ejemplo recordar que El Parque Nacional de Doñana o la Laguna de Fuente de Piedra o las Tablas de Daimiel a pesar de su deterioro actual o la Laguna de Gallocanta, entre otros cientos, su subsistencia y su flora y fauna, dependen en gran medida de las aguas subterráneas que llegan a ellas.

Tras un camino largo y dificultoso, la planificación hidrológica ha asumido la importancia de las aguas subterráneas, no sólo como recurso hídrico para suministrar agua a los miles de núcleos urbanos que se abastecen actualmente, sino como recurso estratégico en determinadas situaciones y en periodos de sequía. Aunque se está avanzando en ello, aún está pendiente, utilizar los acuíferos en la mejora de la regulación hídrica y de la garantía de suministro, utilizando la capacidad de almacenamiento de estos acuíferos, que supera los 300.000 hm3. No tardará esto en ser una realidad, por ello apostamos los miembros del Club del Agua Subterránea, asociación que celebro hace unos años el décimo aniversario de su creación.

 

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JUNTA DIRECTIVA
(Asamblea General del CAS celebrada el 13 de junio de 2017)

Presidente:

JUAN ANTONIO LÓPEZ GETA. Dr. Ingeniero de Minas. Diplomado en Hidrogeología por la UPM. Master en Dirección y Administración de Empresas por el ICC de Sevilla. Profesor “Ad Honorem” del Departamento de Ingeniería Geológica de la Universidad Politécnica de Madrid. Ha sido Subdirector General del IGME, como responsable de la Dirección a de Hidrogeología y Aguas Subterráneas y del Departamento de Investigación y Prospectiva Geocientífica. Vocal del Consejo Nacional del Agua en representación de las asociaciones de hidrogeólogos y de la Comisión de Aguas Minerales y Termales de la Real Academia Nacional de Farmacia. Ha sido vocal en el Patronato del Parque Nacional de Las Tablas de Daimiel (Ciudad Real) y del grupo de agua de la Reserva Natural de Fuente de Piedra (Málaga). Vicepresidente de la Asociación Española de Hidrogeólogos (AEH). Presidente del Club del Agua Subterránea (CAS) y del Grupo Especializado de Aguas de la Asociación Nacional de Ingenieros de Minas (GEA). Premio Carlos Ruiz Celaá concedido por la Asociación Nacional de Ingenieros de Minas y Premio de la Asociación Internacional de Hidrogeólogos-Grupo Español a la “Trayectoria Profesional en Hidrogeología y su aplicación en España”.

 

Vicepresidente 1º:

FERNANDO LÓPEZ VERA. Dr. en Geología Económica, Diplomado en Hidrogeología, Catedrático de Universidad. Con 42 años de experiencia profesional, docente e investigadora. Ha participado en numerosos proyectos de investigación nacionales e internacionales, autor de 138 publicaciones de diversa índole.

Promotor y miembro fundador de la Sociedad Geológica de España, miembro fundador del Club del Agua Subterránea y de la Fundación Fomento y Gestión del Agua de la que es Presidente. Ha sido y es miembro de diversas asociaciones, profesionales y científicas españolas, latinoamericanas y europeas.

 

Vicepresidenta 2ª:

IRENE DE BUSTAMANTE GUTIÉRREZ. Doctora en Ciencias Geológicas por la Universidad Complutense de Madrid. Profesora Titular en el Departamento de Geología de la Universidad de Alcalá, y Directora Adjunta de IMDEA Agua. Entre sus líneas de investigación actuales se puede destacar: reutilización de aguas regeneradas para riego y recarga, hidrogeología, calidad y contaminación del agua, y cartografía ambiental. Ha participando en mas de 60 proyectos y contratos de investigación, siendo en 35 de ellos investigador principal. Los resultados se reflejan en más de 200 trabajos en revistas, libros y monografías, tres patentes y un software. Ha dirigido 9 tesis doctorales, 4 tesis de Licenciatura y 45 proyectos de máster. Cabe destacar también su actividad como Directora del Máster en Hidrología y Gestión de los Recursos Hídricos, además de formar parte de la Comisión Docente del Doctorado en Hidrología y Gestión de los Recursos Hídricos. Recientemente ha obtenido varios premios de investigación, 3 de ellos por el proyecto Consolider Tragua “Tratamiento y Reutilización de aguas residuales para una gestión sostenible", otorgados por el Consejo Social de la Universidad de Alcalá, en 2007; por la International Water Association en 2012, dentro de la categoría “Grand prize in the practical realization” y por la Dirección General de Investigación Científica y Técnica en 2012 por ser uno de los cinco proyectos más representativos de la calidad de la ciencia española. Así mismo, obtuvo en 2012 un accésit durante la XIV Edición Premios Fundación 3M a la Innovación, por su trabajo "Evolución de trazas de fármacos en el tratamiento de aguas residuales urbanas”.

 

Secretario-Tesorero:

TOMÁS GARCÍA RUIZ. Ingeniero Superior de Minas por la Universidad Politécnica de Madrid, Colegiado 1844 del Colegio Centro y Diplomado en Hidrogeología Aplicada por el Instituto Geológico de España (IGME). En sus 30 años de experiencia profesional en el campo de estudios y obras para la gestión de recursos hídricos, especialmente las aguas subterráneas, ha sido Director de Hidrogeología de CGS. Su experiencia profesional incluye una gran número de estudios de hidrogeología aplicada y el diseño constructivo y la Dirección Facultativa de obras de captación de agua subterránea Es miembro de la Junta Directiva del Grupo Especializado del Agua (GEA) de  la Asociación Nacional de Ingenieros de Minas y  miembro de la Asociación Internacional de Hidrogeología (AIH). Es profesor colaborador de la Universidad de Alcalá de Henares en el Master de Hidrogeología y Recursos Hídricos y miembro de la Junta Directiva de la ONG de Geólogos del Mundo y Director de Hidrogeología de CGSi.

 

Vocal:

ESTHER SÁNCHEZ  SÁNCHEZ. Licenciada en CC Geológicas por la UCM en 1992 e Hidrogeóloga por la UCM en 1994. Desde 2001 presta sus servicios en Canal de Isabel II, empresa pública responsable del ciclo integral del agua en la Comunidad de Madrid, desempeñando distintas funciones de responsabilidad en el ámbito de la explotación y gestión de aguas subterráneas. En la actualidad ocupa el puesto de Coordinadora de Explotación de Aguas Subterráneas en Canal de Isabel II Gestión, S.A, gestionando más de 80 instalaciones, y su interrelación con el sistema de abastecimiento, cuya capacidad de aportación anual puede alcanzar los 90 hm3 y con una potencia instalada de 25.000 kW. Anteriormente trabajó en el IGME colaborando en proyectos de investigación hidrogeológica y evaluación de recursos y previamente en empresas privadas de perforación y prospección hidrogeológica.

 

 

 

Vocal:

JUAN JOSÉ DURÁN VALSERO. Licenciado en Ciencias Geológicas por la Universidad de Granada (España), en 1983, Máster en Administración Pública por la Universidad Complutense de Madrid en 1991, Licenciado en Geografía e Historia por la Universidad Complutense de Madrid, en 1993, Especialista en Economía del Medio Ambiente y los Recursos Naturales en 1995, por la Universidad de Alcalá y Doctor  en Ciencias Geológicas, en 1996,  por la Universidad Complutense de Madrid. Científico Titular de Organismos Públicos de Investigación con destino en el Instituto Geológico y Minero de España (IGME), donde es Director del Departamento de Investigación en Recursos Geológicos, que desarrolla las funciones de Recurso Minerales, Hidrogeología y Patrimonio Geológico-Minero. Ha sido profesor de Geodinámica Externa en la Universidad Autónoma de Madrid y ha impartido cursos y dictado conferencias en numerosas universidades españolas y extranjeras. Es Codirector de la Unidad Asociada creada entre el IGME y la Universidad de Málaga denominada “Estudios Hidrogeológicos Avanzados”, Académico Correspondiente de la Academia Malagueña de Ciencias y Presidente de la Sociedad Geomorfológica de España, Vicepresidente de la Asociación Internacional de Hidrogeólogos-Grupo Español y Vicepresidente de la Asociación Española de Cuevas Turísticas.

 

Vocal:

IÑAKI VADILLO PÉREZ. Profesor Titular de Universidad. Acumula más de dos décadas de experiencia como investigador y docente en el campo de las aguas subterráneas. En este periodo ha desarrollado su actividad en la investigación de procesos de alteración de la calidad química de las aguas y de atenuación natural de contaminantes, fruto de la cual ha publicado más de 200 aportaciones científicas entre libros, artículos, capítulos de libro y contribuciones a congresos. Ha formado parte de comités nacionales e internacionales, organización de cursos y congresos nacionales e internacionales. Es miembro de la Asociación Internacional de Hidrogeólogos-Grupo Español (IAH-GE), de la Sociedad Geológica de España (SGE), del Ilustre Colegio de Geólogos de Andalucía (ICOGA), de la Asociación Internacional de Geoquímica (IAG) y de la Asociación Española Para la Enseñanza de Ciencias de la Tierra (AEPECT), entre otras.

 

Vocal:

ANTONIO PULIDO BOSCH. Licenciado (1972) y Doctor (1977) en Geología (Hidrogeología) de la Universidad de Granada. Estancia en el Instituto de Física del Globo en Estrasburgo y en el Servicio Geológico de Alsacia y Lorena (1972-73). Actualmente es catedrático de Geodinámica en la Universidad de Almería (desde 1997); Anteriormente profesor adjunto interino profesor adjunto (1977-1997) en la Universidad de Granada. Entre 1973 y 1977, hidrogeólogo en la empresa EPTISA en Valencia. Autor o editor de 24 libros, cerca de 700 artículos científicos publicados en revistas y conferencias nacionales o internacionales. Director de 28 tesis de doctorado y más de 30 tesinas. Responsable de más de 30 proyectos competitivos y 100 contratos de investigación. Conferencias y cursos en universidades europeas, africanas y estadounidenses. Defensor Universitario de la Universidad de Almería durante 6 años y Asesoramiento Hidrogeológico de ADIF para la red ferroviaria de Alta Velocidad en Andalucía y Extremadura. Miembro fundador de la Sociedad Geológica de España y ex presidente del Club de Agua Subterránea (CAS). Miembro Honorario de la Sociedad Polaca de Geología.

 

Vocal:

CELESTINO GARCÍA DE LA NOCEDA MÁRQUEZ. Ingeniero de Minas. Desde hace más de 39 años trabaja en el Instituto Geológico y Minero de España (IGME). Emprende su actividad en el IGME en el campo de las Aguas Subterráneas en las Cuencas altas del Júcar y Segura y posteriormente en la Cuenca del Ebro. En el año 1982 comienza su actividad en el campo de la Energía Geotérmica y desde 1984 es responsable de los proyectos de Investigación Geotérmica realizados por el IGME. Durante estos años ha compatibilizado su actividad en Investigación Geotérmica con la Investigación Hidrogeológica, participando en numerosos proyectos llevados a cabo por el IGME. Cabe destacar los proyectos de investigación geotérmica desarrollados en Cataluña, Galicia, Canarias, Andalucía, Murcia o Mallorca, entre otras zonas. Ha participado en diversos proyectos de la Unión Europea en temas de Energía Geotérmica y ha sido miembro del grupo de expertos que han participado en la selección de proyectos tanto de I+D como de Demostración. Es coordinador del grupo de Identificación de Recurso en la Plataforma Tecnológica Española de Geotermia, GEOPLAT. Miembro del Comité Técnico AEN/CTN 100 de Aenor que ha redactado la norma 100715-1 para sistemas geotérmicos en circuito cerrado vertical. Ha participado en numerosas reuniones tanto nacionales como internacionales relacionadas con su actividad Geotérmica e Hidrogeológica y es autor de un gran número de comunicaciones, ponencias y artículos.

 

Vocal:

MARÍA LUISA CALVACHE QUESADA. Actualmente es Catedrática de Geodinámica Externa en la Universidad de Granada, donde se doctoró en  Ciencias Geológicas en 1991. Desde entonces ha impartido docencia universitaria relacionada con las aguas subterráneas. Su actividad investigadora se ha desarrollado dentro de los grupos del Plan Andaluz de Investigación Recursos Hídricos y Geología Ambiental (RNM143) y Geología Sedimentaria y Aguas Subterráneas (RNM369, grupo del que es fundadora y actual líder). Su línea principal de investigación se centra en la hidrogeología de acuíferos costeros, y más concretamente en los aspectos de modelización matemática, gestión de acuíferos, relaciones río-acuífero e intrusión marina. Ha dirigido 5 proyectos de investigación del Plan Nacional, 1 proyecto de investigación autonómico y participado en numerosos proyectos de investigación europeos y nacionales, publicando en revistas de máximo prestigio en el área de Water Resources tales como Advances in Water Resources, Journal of Hydrology, Ground Water, Water Resources Management, Hydrological Processes, Water Resources Bulletin, Catena, etc.

Ha sido Coordinadora del Programa de Doctorado Las Aguas Subterráneas y el Medio Ambiente y del Máster Geología Aplicada a la Obra Civil y los Recursos Hídricos y Directora de Planes de Investigación del Vicerrectorado de Política Científica e Investigación de la Universidad de Granada. Ha realizado una amplia labor como evaluadora siendo nombrada Experta del Ministerio de Economía y Competitividad en la Comisión de Selección de Proyectos I+D+i en varias convocatorias y ha participado en los procesos de selección de los programas de investigación Ramón y Cajal y Juan de la Cierva. Asimismo, es evaluadora habitual de programas de investigación para la CONACYT y la ACSUG.

Recientemente ha organizado el Congreso internacional sobre Groundwater and Global Change in the Western Mediterranean y ha sido editora principal del libro Groundwater and Globla Change in the Western Medterranean Area editado por  Springer.

 

Vocal:

LORENA BERMEJO SANTOS. Licenciada en Ciencias Ambientales (Universidad de Alcalá de Henares, 2007) y Postgrado en Hidrología Subterránea (FCIHS) en la Universidad Politécnica de Cataluña (2009). Especialista en Sistemas de Información Geográfica aplicado a la geología, hidrogeología y Minería (2015). Es miembro de la Asociación Internacional de Hidrogeólogos (AIH).

Desde 2006 desarrolla labores de hidrogeóloga en Compañía General de Ingeniería y Sondeos (CGS) y desde 2014 en Compañía General de Soporte a la Ingeniería (CGSi), llevando a cabo distintos proyectos para las diversas Confederaciones Hidrográficas centrando su trayectoria profesional en las cuencas del Ebro, Guadiana y Cuencas Internas de Cataluña principalmente.

 

CONSEJO ASESOR

Motivación. En la reunión de la Junta de Gobierno del Club del Agua Subterránea (CAS), celebrada el 17 de diciembre del pasado año 2108, se decidió la constitución de un “Consejo asesor” de carácter científico-técnico, formados por expertos y expertas en esta materia y en sus disciplinas afines. La idea, es sumar a las propuestas científicas y técnicas que puedan tener los miembros de la Junta de Gobierno, aquellas otras que puedan aportar otras personas externaS a la Junta, que puedan contribuir a la programación de futuras actividades del CAS, y que a través de este, podamos divulgarlas mediante los cauces de difusión que disponemos, pagina web, Facebook y organización de jornadas, etc. Para eso se ha invitado a las personas que siguen, a las que queremos agradecer su colaboración desde la Junta de Gobierno.

 


 

JOSÉ ALBERT BELTRÁN. Doctor en Ciencias Geológicas por la Universidad de Barcelona y Diplomado en Hidrología Subterránea. Especialista en aguas termales y geotermia, fue la primera persona en España en doctorarse en esta disciplina (1976). Ha dirigido durante veinticinco años numerosos proyectos nacionales e internacionales en el campo de la Geotermia, tanto en el sector público como en el privado, así como proyectos de I+D de la UE. Desde 2013 es asesor del Instituto Volcanológico de Canarias y coordina los proyectos de investigación geotérmica de las islas. Como Director de Recursos de Agua del Grupo Danone (1990-2010) principal productor mundial de Aguas Minerales ha desarrollado su actividad de búsqueda y evaluación de recursos hídricos durante otros veinte años en más de treinta países de Europa, Asia, África y América latina. Vicepresidente ANEABE de 2007 a 2012 y Presidente del Comité de Expertos de ANEABE (1990- 2012), año de su jubilación. Premio Nacional de Geología y Víctor de Plata al Mérito Académico, es autor de más de cuarenta artículos en revistas científicas nacionales e internacionales y de numerosas publicaciones sobre geotermia y geoquímica de aguas minerales y termales. Ponente en numerosos congresos y miembro del tribunal de varias tesis doctorales, ha desarrollado también actividad docente en las universidades de Barcelona y Madrid.

 


 

JUAN CARLOS BAQUERO ÚBEDA. Doctor Ingeniero de Minas por la UPM. Diplomado en Alta Dirección de Empresas por el Instituto Internacional San Telmo de Sevilla y Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales por la Fundación Tripartita. Ha sido Jefe de Proyectos en FRASA Ingenieros, donde ha trabajado 19 años como consultor en hidrogeología, minería y medioambiente. Ha sido también Profesor de Hidrogeología en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Minas de Madrid. Durante los últimos 11 años, es responsable del área de hidrogeología de la compañía minera Cobre Las Cruces, sita en Sevilla. Tiene 4 premios y menciones especiales, tanto nacionales como internacionales, siendo coautor de 3 libros, 5 capítulos de libros, 5 artículos indexados, 14 artículos en revistas técnicas y más de 35 ponencias en congresos internacionales. Ha desarrollado su vida profesional en 7 países en 3 continentes (Europa, África y América)

 


 

CARLOS CAMUÑAS PALENCIA. Licenciado en Ciencias Geológicas y Postgrado en Hidrogeología por la Universidad Complutense de Madrid. Durante 15 años ejerció su actividad profesional en la empresa privada, desarrollando labores de coordinación y supervisión en obras lineales y civiles, estudios hidrogeológicos, medioambientales, de investigación y proyectos geotécnicos a nivel nacional e internacional, así como su elaboración y redacción. Desde 2014 trabaja en el Área de Hidrogeología Aplicada del Instituto Geológico y Minero de España (IGME), siendo en la actualidad funcionario de carrera en la Escala de Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación. Vocal de la Junta de Gobierno de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana y miembro de ICOG. Coeditor y coautor de 2 libros y varios artículos técnicos y científicos.

 


 

MERCEDES ECHEGARAY. Licenciada en Ciencias Geológicas por la UCM, recibió cursos para postgraduados de especialización en Ingeniería Geológica Y Geología Aplicada a las Obras Públicas. Durante casi dos décadas realizó múltiples trabajos como profesional libre por casi toda la geográfica española, todos ellos relacionados con las ciencias de la tierra y el medio ambiente. Entre 1998 y 1999 fue contratada temporal para la Administración autonómica de Madrid en la DG de Calidad y Evaluación Ambiental. En el año 2000 ingreso en la Función Pública Estatal para Técnico Facultativo Superior del Ministerio de Medio Ambiente en la espacialidad de Hidrogeología, encargándose de la sección de Hidrogeología en la Comisaría de Aguas de la C.H. del Guadalquivir en Sevilla. De 2004 a 2008 tuvo a su cargo el Servicio Regional de Infraestructura Hidráulica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Y en 2008 se incorporó a la plantilla de la Oficina de Planificación Hidrológica de la C.H. del Tajo donde es responsable del Área de Participación Pública. Ha impartido clases y conferencias para diversas Universidades y Fundaciones privadas

 

 

ARANZAZU FIDALGO

 


 

ÁNGEL GRANDA SANZ Ingeniero de Minas, Diplomado en Hidrogeología y M.B.A. Especialista en Geofísica Aplicada a la Prospección de recursos minerales, Hidrogeología, Geotecnia y Arqueología, con más de 40 años de experiencia. En 1989 constituyó la sociedad International Geophysical Technology, S.L. (IGT) de la que es Director, y con la que ha realizado estudios de su especialidad en más de 30 países. Es miembro de diversas asociaciones profesionales internacionales: Society of Exploration Geophysics (SEG), Environmental and Engineering Geophysical Society (EEGS), Canadian Exploration Geophysical Society (KEGS), European Association of Geoscientists and Engineers (EAGE) y Prospectors and Developers Association of Canada (PDAC).

 


 

ALBERTO JIMÉNEZ MADRID. Doctor en Ciencias del Medio Ambiente. Especialista en planificación de los recursos hídricos y ordenación del territorio. Autor de más de 80 publicaciones y ponencias de especialista en más de 10 países de Europa y en Sudamérica relacionadas con la gestión del agua y los recursos naturales. Tiene experiencia en dirección de proyectos en Europa, América, Asia y África. Profesor Asociado de Universidad. Profesor Tutor UNED. Perito judicial especialista en medio ambiente, ordenación del territorio y urbanismo. Premio Internacional de Investigación “Profesor William R. Dearman QJEGH” en 2011 y Premio Nacional Alfons Bayó 2014 otorgado por la Asociación Internacional de Hidrogeólogos (Grupo Español) por su trayectoria. En la actualidad es Director General de la consultora PROAMB Integrada, miembro de la Junta de Gobierno del Colegio Profesional de Ambientólogos de Andalucía y del Comité Consultor de la Cátedra de Planificación Estratégica Territorial y Gobernanza Local de Málaga.

 


 

ROSA MARÍA MATEO. Doctora en Ciencias Geológicas por la Universidad Complutense de Madrid y Magister Universitaria en Ingeniería Geológica por la citada Universidad. En la actualidad es Científica Titular del Instituto Geológico y Minero de España (IGME) en la Unidad de Granada. Comenzó su actividad profesional en la Oficina Europea de Patentes (La Haya, Munich), donde trabajó como examinadora de patentes. Durante 18 años ha ejercido la responsabilidad de la gestión de la Oficina del IGME en Palma de Mallorca, coordinando numerosos proyectos técnicos y/o científicos en los campos de la hidrogeología y los peligros geológicos. Participa en numerosos proyectos de I+D, tanto nacionales como internacionales, y es autora de numerosos artículos científicos y libros monográficos. Adicionalmente realiza una amplia actividad en divulgación científica, con la publicación de libros y artículos periodísticos. Ha sido profesora asociada en la Universidad de Las Islas Baleares e impartido numerosos cursos de postgrado y especialización en otras universidades. Es socia fundadora de la Spin-off de la Universidad de Granada “Geándalus”, sobre divulgación y turismo geológico.

 


 

MÓNICA LEONOR MÉLENDEZ ASENSIO. Licenciada en Ciencias Geológicas por la UCM (1990). Especializada en hidrogeología. Desde 1991 vinculada profesionalmente IGME, ingresa en la categoría de Técnicos Superiores Especializados de los OPIs en 2006 y en 2014 es nombrada Jefa de la Unidad del IGME en Oviedo. Está vinculada a la Universidad de Oviedo, y concretamente al Departamento de Geología (Área de Geodinámica Externa), como Colaboradora Honorífica e impartió docencia relacionada con la temática “Hidrogeología” bajo la figura de Profesora Asociada durante el periodo 2005-2011. Las líneas de trabajo e investigación principales se centran en hidrogeología e hidrogeoquímica en el ámbito de las demarcaciones Hidrográficas del Cantábrico y Miño-Sil, destacando, entre otras temáticas, el estudio de acuíferos kársticos, alteraciones de la calidad del agua por actividad minera y afecciones a las aguas subterráneas derivadas de la obra civil. Por otra parte, presta sus servicios a la Administración Local, Autonómica (Principado de Asturias) y Organismos de Cuenca asesorando en materia de aguas subterráneas y elaborando los informes estipulados en la Ley de Aguas y en la Ley de Minas y en el estatuto del IGME.

 


 

EDUARDO LUPIANI MORENO. Licenciado en Ciencias Geológicas (XVIII promoción, 1978), especializado en Hidrogeología, y Postgrado Business Development (EADA, 2013). Inicia su actividad profesional en INGEMISA (1981), como hidrogeólogo de campo y también participa en cartografía geológica MAGNA y prospecciones mineras; a partir de 1991 es responsable de proyectos y asume la delegación de la empresa en Murcia. En 1997 pasa al Grupo AGBAR, como experto en hidrogeología y optimización de captaciones de agua subterránea; en SEDELAM actúa como responsable de la Unidad de Hidrogeología, Director Técnico y posteriormente, en AQUATEC, pasa a Product Manager de Well Services, con actividad en España y Sudamérica. Desde 2018 es Consultor en Recursos Hídricos Subterráneos. Autor de más de dos decenas de artículos y publicaciones, ha colaborado con el Master Gestión del Agua (AGBAR-SUEZ) y participa en el Master RHYMA (Universidad de Málaga).

 


 

JUAN CARLOS RUBIO CAMPOS. Doctor en Ciencias Geológicas por la UCM desde 1990. Licenciado en 1981 en la misma Universidad. Es coautor o autor único de 126 publicaciones en revistas y libros y 166 publicaciones en Congresos y Simposios. Amplia experiencia en gestión de proyectos (128 proyectos) dentro de las actividades científico-técnicas de la Unidad Territorial del IGME en Granada en proyectos propios o en colaboración con las confederaciones Hidrográficas, Universidad, Diputaciones Provinciales y Junta de Andalucía desde el año 1986. Pertenece a la Escala de Científicos Titulares de OPIs. Jefe de la Unidad de Granada desde el año 1993. Los Proyectos y trabajos se han basado en la caracterización de acuíferos, recarga artificial, control y vigilancia de masas de agua, sondeos para agua, integración de acuíferos en sistemas de explotación, hidrogeología de áreas graníticas, descontaminación de acuíferos, cuantificación de extracciones, análisis de rendimientos, geomorfología y cuaternario de áreas de montaña. Colaborador del desaparecido SGOP en trabajos de Geomorfología en el Pirineo durante las campañas de verano de los años 1979 y 1980. Experiencia en investigación minera de estaño y wolframio en la Compañía Texas Gulf (1981); colaborador del INIA entre diciembre 1981 y agosto de 1983; en el año 1983 en la Dirección Provincial del MOP de Badajoz en la operación “Alerta Roja”, hasta pasar al IGME desde enero 1984.

 

 

FINES de la organización

  1. Promover y difundir el conocimiento de las ciencias del agua en general y de las aguas subterráneas en particular, incluyendo los aspectos relativos a la exploración, prospección, captación y protección.

  2. Fomentar el estudio científico y la conservación de las aguas subterráneas.

  3. Promover y facilitar contactos y relaciones entre personas interesadas en el estudio de las aguas subterráneas.

  4. Mantener cauces de diálogo con la administración, así como trasladar a las cámaras legislativas estatales y autonómicas propuestas y sugerencias derivadas sobre la legislación, uso y gestión de las aguas subterráneas.

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ESTATUTOS.

Aquí puede consultar cualquier apartado de los estatutos de nuestro club. También puede descargarlos en formato PDF para una consulta más cómoda.

Descarga de los estatutos en formato PDF (107 KB)

Disposiciones generales

De los socios

Procedimiento de admisiÓn y pÉrdida de la calidad de socio

De la asamblea general

De la junta directiva

ModificaciÓn de estatutos y disoluciÓn del club

Disposiciones transitorias


Título 1. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. DENOMINACIÓN

Con la denominación del "CLUB DEL AGUA SUBTERRÁNEA", queda constituida una asociación con fines lícitos y determinados, de carácter social, que se regirá por los presentes Estatutos y, en lo no expresamente previsto por ellos, por la ley de Asociaciones de 24 de diciembre de 1964 y Decreto 1.440/65 de 20 de mayo de 1965, dictado en su aplicación, y demás normas y disposiciones concordantes y complementarias vigentes en la materia que le fueran de aplicación.

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Artículo 2. FINES DEL CLUB

El Club del Agua Subterránea tiene como fines:

  1. Promover y difundir el conocimiento de las ciencias del agua en general y de las aguas subterráneas en particular, incluyendo los aspectos relativos a la exploración, prospección, captación y protección.

  2. Fomentar el estudio científico y la conservación de las aguas subterráneas.

  3. Promover y facilitar contactos y relaciones entre personas interesadas en el estudio de las aguas subterráneas.

  4. Mantener cauces de diálogo con la administración, así como trasladar a las cámaras legislativas estatales y autonómicas propuestas y sugerencias derivadas sobre la legislación, uso y gestión de las aguas subterráneas.

Queda fuera de los objetivos del Club del Agua Subterránea la representación o defensa de intereses económicos, corporativos o profesionales, atribuidos por la ley con carácter específico a otras agrupaciones o entidades.

Para el cumplimiento de estos fines se podrán realizar las siguientes actividades:

  1. Organizar jornadas, conferencias, seminarios, debates y comparecencias públicas.

  2. Editar y distribuir cuantas publicaciones se considere oportuno.

  3. Crear comisiones, comités, grupos de trabajo y foros de discusión sobre aspectos relacionados con las aguas subterráneas.

  4. Mantener relaciones y establecer vínculos con Asociaciones científicas nacionales e internacionales análogas o afines en sus objetivos a los del Club del Agua Subterránea en general y en el desarrollo de cualquier aspecto de las ciencias hidrogeológicas.

  5. Estimular todo tipo de proyectos y medidas encaminadas a una eficaz protección de las aguas subterráneas.

  6. Cuantas actividades aprueben los órganos de gobierno del Club del Agua Subterránea, para el mejor cumplimiento de sus fines.

 

Artículo 3. DOMICILIO SOCIAL

Inicialmente, el domicilio del Club del Agua Subterránea se establece en la Fundación Gómez Pardo, calle Alenza 1, 28003 Madrid, pudiendo ser trasladada por acuerdo de la Junta Directiva entrante, a cualquier otro punto del Estado Español, sin que el posible traslado dé lugar a modificación estatutaria. El Club del Agua Subterránea se reserva la facultad de abrir delegaciones por acuerdo de la Asamblea General, cuyo alcance será definido en su Reglamento.

 

Artículo 4. DURACIÓN

El Club se constituye por tiempo indefinido. Su disolución tendrá lugar en los casos y por las causas previstas en los presentes Estatutos.

 

Artículo 5. ÁMBITO TERRITORIAL

El Club se constituye con ámbito nacional.

El Club, previas las oportunas autorizaciones reglamentarias, podrá formar parte de Agrupaciones o Entidades de carácter y ámbito internacional, relacionadas con las aguas subterráneas, en calidad de miembro o asociado, concediendo en tales casos y en condiciones de reciprocidad, la cualidad de socio a los que lo fueran de dichas Agrupaciones o Entidades.

 

Artículo 6. PATRIMONIO FUNDACIONAL

El Patrimonio Fundacional del Club estará constituido por las cuotas de entrada satisfechas por los socios fundadores, cuya cuantía total alcanza la cifra de sesenta mil pesetas.

Constituirán recursos económicos del Club, las cuotas de permanencia a satisfacer por los socios numerarios y las aportaciones y donaciones que eventualmente pudiera recibir de sus miembros y de terceros. Tales recursos, así como los bienes que pudiera adquirir el Club, con los fondos recaudados, constituirán su Patrimonio Social.

El Club, como sujeto de Derecho, tendrá personalidad propia e independiente de la de sus miembros, pudiendo, en consecuencia, ser titular de derechos y obligaciones de toda clase, adquirir bienes muebles o inmuebles, enajenarlos y, en general, realizar todos los actos propios de la vida civil para el desarrollo de sus propios fines.

Los presupuestos anuales del Club tendrán siempre como límite las cantidades previstas como ingresos, los conceptos antes expresados, fijándose los iniciales en dos millones de pesetas.

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Título II. DE LOS SOCIOS

Artículo 7. CLASES DE SOCIOS

Los socios podrán ser honorarios y numerarios.

 

Artículo 8. SOCIOS HONORARIOS

Los serán, las personas que por su reconocido prestigio en el ramo de las aguas subterráneas o por su especial contribución al desarrollo de los fines del Club, merezcan esta especial consideración. Los socios que revistan tal carácter, serán designados como tales por la Asamblea General, previa propuesta de la Junta Directiva, elevada al efecto.

No estarán sujetos al abono de cuota alguna ni asumirán los derechos y obligaciones propios de los socios numerarios.

 

Artículo 9. SOCIOS NUMERARIOS

Lo serán, las personas vinculadas o de algún modo relacionadas con las aguas subterráneas que, cumpliendo los requisitos que más tarde se indicarán, soliciten su ingreso en el Club, siendo admitidos como tales por la Junta Directiva. Son los socios titulares del Club, y a su ingreso en el mismo asumirán los derechos y obligaciones específicas, previstos en los presentes Estatutos.

 

Artículo 10. DERECHOS DE LOS SOCIOS

Son derechos de los socios numerarios, los siguientes:

  1. Tener voz y voto en las Asambleas Generales.

  2. Ser elegibles para cualquier cargo del Club.

  3. Examinar los libros de contabilidad del Club durante los quince días precedentes al señalado para la celebración de la Asamblea General, en la que se ha de someter a la aprobación de los socios la Memoria, Balance, resultado del ejercicio económico y Presupuesto del ejercicio próximo.

  4. Asistir y en su caso participar en las reuniones, coloquios o conferencias convocadas y patrocinadas por el Club.

  5. Tener derecho a usar de cualesquiera servicios que en el futuro pueda el Club prestar a sus miembros, en las condiciones que en cada caso se establezcan.

  6. El Club facilitará a sus miembros correspondencia, contacto y relación con Asociaciones o Clubs de aguas subterráneas existentes o que se constituyan en el extranjero.

 

Artículo 11. OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS

Son obligaciones de los socios numerarios las siguientes:

  1. Asistir a las Asambleas Generales que se celebren.

  2. Desempeñar, con la debida diligencia, los cargos para que sean elegidos.

  3. Satisfacer puntualmente la cuota de permanencia vigente en cada momento, en la forma y dentro de los plazos previstos por la Junta Directiva. Observar los presentes Estatutos y los Reglamentos de Régimen Interior que se promulguen en lo sucesivo, así como los acuerdos de la Asamblea General y las circulares, órdenes y disposiciones emanadas de la Junta Directiva, para el mejor desarrollo de los fines del Club.

  4. Prestar al Club la colaboración necesaria y que les fuera requerida, para el mejor desarrollo del fin social.

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Título III. PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN Y PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE SOCIO

Artículo 12. ADQUISICIÓN DE LA CALIDAD DE SOCIO

Las personas naturales, a que se refiere el artículo 9 de estos Estatutos, que deseen ingresar en el Club, en calidad de socios numerarios, lo solicitarán por escrito dirigido al Presidente del mismo, justificando su especial vinculación a la actividad del agua subterránea. Recibida la solicitud, corresponde a la Junta Directiva decidir sobre la admisión o no de aquélla. El acuerdo de la Junta deberá ser notificado, por escrito, al interesado y consignado en Acta. La calidad de socio se adquiere una vez satisfecha la cuota de entrada vigente en cada momento, tras abono el admitido asumirá los derechos y obligaciones inherentes a dicha condición.

 

Artículo 13. ADQUISICIÓN DE LA CALIDAD DE SOCIO POR PERSONAL EMPLEADO EN EMPRESAS RELACIONADAS CON EL AGUA SUBTERRÁNEA

 Las personas naturales o jurídicas dedicadas a la exploración, investigación o explotación del agua subterránea, instalación o utilización y comercialización de equipos de captación o utilización de las aguas subterráneas o que realicen otra actividad directa o indirectamente relacionada con ellas podrán reservar para sus empleados una o más plazas de socios, hasta un máximo de 20, abonando por cada una de ellas las cuotas correspondientes. Las empresas que hagan uso de la facultad prevista en el párrafo anterior, deberán atenerse a las siguientes reglas:

  1. Deberán indicar al tiempo de formular su propuesta, el número de plazas de socios que deseen reservar para sus empleados, dentro del límite antes indicado, abonando, por una sola vez, la cuota de entrada correspondiente a las mismas.

  2. Las empresas tendrán derecho a designar, de entre sus empleados, los que deban ocupar las plazas de socio de que dispongan y a sustituir unos por otros, previa notificación a la Junta Directiva y aceptación por ésta, en cada caso, de cada uno de los candidatos propuestos.

  3. La condición de socio y consiguiente atribución de derechos y obligaciones recaerá en todo caso en los empleados que, en cada momento, sean admitidos como tales en el Club.

 

Artículo 14. PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE SOCIO

Los socios causarán baja en el Club, por alguno de los motivos siguientes:

  1. Por renunciar voluntariamente a continuar ostentando la calidad de tal, comunicando por escrito su decisión a la Junta Directiva. Dicha renuncia, no eximirá el pago de la cuota correspondiente al período durante el cual sea solicitada la baja.

  2. Por impago de las cuotas de permanencia correspondientes a dos períodos consecutivos.

  3. Por acuerdo de la Junta Directiva, cuando el socio, por: su conducta incorrecta, incumplimiento de los Estatutos, inobservancia de los acuerdos de la Asamblea o de la Junta, desprestigio al Club, comisión de faltas graves o por turbar su buena administración y gobierno, se hiciera acreedor a tal sanción. Incoado el oportuno expediente sancionador, deberá notificarse al interesado dentro de los 15 días siguientes a su adopción, precisando la causa o causas determinantes de la pérdida de la calidad de socio, concediendo audiencia al interesado. La pérdida de la calidad de socio lleva consigo, de modo automático, la de todos los derechos inherentes a dicha condición.

  4. En el caso de socios empleados en Empresa relacionada con el agua, cuando la empresa les sustituya por otro empleado (pudiendo continuar como socio en calidad individual).

  5. Muerte del socio.

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Título IV. DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 15. LA ASAMBLEA GENERAL

La Asamblea General, es el órgano soberano del Club y sus acuerdos serán obligatorios para todos los socios. Estará constituida por la totalidad de los socios numerarios. Los socios honorarios tienen derecho de asistencia con voz pero sin voto.

 

Artículo 16. CLASES DE ASAMBLEA

La Asamblea General podrá ser:

  1. Ordinaria: La Asamblea General Ordinaria, se reunirá por lo menos una vez al año, dentro del primer trimestre de cada año natural.

  2. Extraordinaria: La Asamblea General Extraordinaria será convocada cuando la Junta Directiva lo considere necesario y, obligatoriamente, siempre que se solicite, por escrito, por un número de socios que represente, como mínimo, el 20 por ciento de los votos del Club.

 

Artículo 17. CONVOCATORIA DE LA ASAMBLEA GENERAL

La Asamblea General, tanto ordinaria como extraordinaria, será convocada por el Presidente con quince días naturales de antelación, como mínimo, mediante carta dirigida a cada uno de los miembros, en la que conste el Orden del Día correspondiente.

 

Artículo 18. CONSTITUCIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL

La Asamblea General se entenderá válidamente constituida, en primera convocatoria, si están presentes o representados la mitad más uno de los socios, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asistentes. Únicamente serán objeto de deliberación por la Asamblea, los asuntos que figuren en el Orden del Día de la misma, el cual será establecido por la Junta Directiva, quien deberá recoger en su temario todas las cuestiones que le sean propuestas, con más de treinta días de antelación, mediante petición escrita, por un número de socios que represente, como mínimo, el 20 por ciento de los votos del Club.

 

Artículo 19. ADOPCIÓN DE ACUERDOS

Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de votos de los socios presentes o representados. La representación deberá conferirse por escrito y con carácter especial para cada Asamblea y recaerá necesariamente en personas físicas que tengan la condición de socio. Todos los socios, incluso los disidentes y los que no hayan participado en las reuniones, quedan sometidos a los acuerdos de la Asamblea General, sin perjuicio del derecho de impugnación que les corresponda.

 

Artículo 20. COMPETENCIA DE LA ASAMBLEA GENERAL

  1. Asamblea General Ordinaria: como órgano soberano del Club, a la Asamblea General Ordinaria compete la aprobación de la Memoria explicativa, Balance y resultados del ejercicio económico anterior y Presupuesto para el próximo ejercicio.

  2. Asamblea General Extraordinaria: le corresponde la aprobación de cualquier tema de interés para el Club, sometido a su consideración.

 

Artículo 21. IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS DE LA ASAMBLEA GENERAL

Sin perjuicio de las acciones de nulidad de los acuerdos sociales contrarios a la ley, que puedan formularse, podrán los asociados impugnar los acuerdos de la Asamblea que sean contrarios a los presentes Estatutos, dentro del plazo de cuarenta días a contar de la fecha de adopción de los mismos, instando su anulación y la suspensión preventiva, en su caso, o acumulando ambas pretensiones por los trámites establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

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Título V. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 22. JUNTA DIRECTIVA: CARÁCTER Y COMPOSICIÓN

La Junta Directiva es el órgano de gobierno y administración y estará formada por un Presidente, un Vicepresidente 1º, un Vicepresidente 2º, un Tesorero, un Secretario y el número de Vocales que designe la Asamblea General, de conformidad con lo previsto en los presentes Estatutos. El Presidente, el Vicepresidente 1º y el Secretario y la mitad, al menos, de los restantes miembros de la Junta, serán de nacionalidad española. Los distintos cargos de la Junta Directiva, serán gratuitos y su desempeño puramente voluntario.

 

Artículo 23. NOMBRAMIENTO Y RENOVACIÓN DE LOS PUESTOS DE LA JUNTA DIRECTIVA

La elección de miembros de la Junta se hará, en votación secreta, por la Asamblea General. La renovación de puestos de dicho órgano, se hará por tercios cada dos años, siendo posible la reelección indefinida de los designados. El tercio a renovar se decidirá por sorteo en las dos primeras renovaciones, excepción hecha de las Vicepresidencias 1ª y 2ª, que serán cubiertas en la segunda y tercera renovación, respectivamente. No obstante lo dispuesto en los párrafos anteriores, los miembros de la Junta designados en el acto constitutivo del Club, ejercerán su cargo por un plazo de cuatro años. En caso de producirse vacantes en la Junta Directiva, ésta designará de entre los socios las personas que hayan de ocuparlas hasta que tenga lugar la primera Asamblea General.

 

Artículo 24. PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA

Cuando corresponda renovación de miembros de la Junta Directiva, se convocará a los socios del Club, un mes de plazo, para presentación de candidaturas, completas o individuales, para los puestos a renovar. Las candidaturas deberán estar avaladas por las firmas de diez o más socios con derecho a voto y ser presentadas al Secretario del Club. Transcurrido este plazo la Junta Directiva proclamará los candidatos y convocará a los socios a la Asamblea General. Para la elección de miembros de la Junta Directiva, sólo se computarán como válidos los votos de los socios presentes o las delegaciones acreditadas por escrito y con carácter específico para la reunión de la Asamblea de que se trate, delegación que deberá hacerse constar en la Mesa antes de iniciarse la votación. La Mesa Electoral estará constituida por el Presidente y dos vocales, actuando como secretario el que lo sea del Club. En el caso de que se llegue al acto de la elección sin que ser haya presentado número suficiente de candidatos, en la forma antes descrita, se procederá a votación considerándose elegible cualquier socio. Las votaciones se efectuarán mediante papeletas sin firma, que serán depositadas en la urna personalmente por el votante; el Secretario de la Mesa, depositará en la urna el voto correspondiente a los socios que hubieran ejercitado su derecho por delegación escrita, en favor de otro socio. En el caso de que el socio que resulte elegido por mayor número de votos, no acepte el cargo de miembro de la Junta para el que hubiera sido designado, este recaerá en el socio que hubiera ocupado lugar inmediato en la votación y así sucesivamente.

 

Artículo 25. FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA

La Junta Directiva previamente convocada por su Presidente, quedará válidamente constituida cuando asistan a las sesiones la mayoría de sus componentes. Los acuerdos de la Junta se adoptarán por el voto favorable de la mitad más uno de los asistentes a las sesiones. Las sesiones de la Junta serán convocadas por el Presidente o, en su ausencia o en caso de enfermedad, por el Vicepresidente 1º, mediante carta dirigida a cada uno de los componentes, con cinco días de antelación. La Junta Directiva se reunirá, al menos, cada cuatro meses. De todos los acuerdos de la Junta, se levantará la oportuna Acta por el Secretario, la cual será suscrita por el mismo con el Visto Bueno del Presidente.

 

Artículo 26. COMPETENCIA DE LA JUNTA DIRECTIVA

Corresponde a la Junta Directiva el ejercicio de cuantos derechos y facultades son de la competencia del Club, sin otra limitación que las expresamente reservadas por estos Estatutos o por la Ley a la Asamblea General. En especial serán atribuciones de la Junta Directiva, entre otras, las siguientes:

  1. Resolver sobre la admisión de socios, así como acordar la baja de los mismos.

  2. Proponer a la Asamblea General el nombramiento de socios honorarios.

  3. Convocar la Asamblea General.

  4. Organizar y dirigir los servicios del Club.

  5. Observar y hacer cumplir los presentes Estatutos, elaborar y hacer cumplir un Reglamento de Régimen Interior y dictar circulares de obligada observación para los socios.

  6. Designar las Comisiones y Ponencias que estime necesarias para cumplir los fines del Club.

  7. Dirigir, vigilar y regular la marcha del Club; gestionar su desarrollo, ejecución y consecución de los fines que constituyen su objetivo y determinar el empleo de los recursos de la misma.

  8. Representar plenamente al Club en juicio y fuera de él, pudiendo realizar y ejercitar cuantos actos y derechos dimanen de la capacidad y personalidad jurídica que la Ley reconoce al Club, y, para dichos fines, otorgar y suscribir toda clase de contratos y documentos, tanto públicos como privados, incluso los de transacción y compromiso, delegando, para todo ello, facultades en favor de cualquier de sus componentes y otorgando poderes especiales o generales.

  9. Fijar y cambiar el domicilio del Club.

  10. Proponer a la Asamblea General el presupuesto anual del Club, el cual deberá ser presentado por el Tesorero a la Junta en sesión que se convocará al efecto, dentro de los tres últimos meses de cada año.

  11. Realizar toda clase de operaciones bancarias con entidades oficiales y privadas, así como establecer el procedimiento para girar contra cuentas bancarias del Club.

  12. Crear, regular y modificar los servicios de cualquier naturaleza ofrecidos por el Club, suspendiendo o suprimiendo tales servicios, si las circunstancias lo aconsejasen.

  13. Dictar las reglas necesarias para el uso de los futuros locales del Club y de cualesquiera otros servicios e instalaciones poseídos por el mismo en beneficio de sus socios.

  14. Mantener el orden del Club, amonestando o censurando a cualquier socio que vulnere los deberes de cortesía y ética a que están obligados los socios entre sí, con facultad de suspender en sus derechos o expulsar a cualquier miembro que los infringiese.

  15. Nombrar un administrador de los locales del Club y los empleados del mismo que fueran, a su juicio, necesarios y fijar sus salarios, derechos y obligaciones.

  16. Interpretar cualquier precepto de los Estatutos o de los Reglamentos a establecer por el Club y resolver cualquier dificultad que, en relación con los mismos o con su aplicación, pudiera suscitarse durante la vida del Club.

  17. Fijar las cuotas de ingreso y de permanencia y aprobar las oportunas revisiones a la cuantía de las mismas.

 

Artículo 27. DEL PRESIDENTE DEL CLUB

El Presidente del Club será elegido, de entre sus miembros, por la Junta Directiva y ostentará la representación del Club en los asuntos relativos a la administración general del mismo. En concreto y entre otras, tendrá las siguientes funciones:

  1. Convocará y presidirá las reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva y velará por el cumplimiento de los acuerdos que se adopten por uno y otro órgano.

  2. Otorgará y firmará en nombre del Club cuantos documentos y contratos sean ejecución o resultado de los acuerdos de Junta o Asamblea.

  3. Ordenará, por conducto del Tesorero, las operaciones bancarias necesarias para el normal desarrollo administrativo del Club.

  4. Firmará las credenciales de todos los demás cargos del Club.

  5. Podrá disponer de los fondos del Club, pudiendo delegar estas funciones en el Tesorero.

  6. Organizará la estructura y el régimen de funcionamiento del Club.

  7. Propondrá a la Junta Directiva las inversiones, presupuestos anuales, Memoria, Balance y estado anual de cuentas del Club, para su elevación a la Asamblea General.

 

Artículo 28. DE LOS VICEPRESIDENTES DEL CLUB

El Presidente del Club será asistido en sus funciones por un Vicepresidente 1º y un Vicepresidente 2º. El Vicepresidente 1º sustituirá al Presidente en todas sus funciones y con iguales derechos y facultades, en los casos de cese, ausencia o enfermedad y, en cualquier supuesto, por delegación del Presidente. El Vicepresidente 2º sustituirá al Presidente y Vicepresidente 1º en todos los supuestos de cese, ausencia o enfermedad de uno y otro y, en cualquier caso, en las funciones que expresamente se le encomienden por el Presidente o el Vicepresidente 1º. 

 

Artículo 29. DEL SECRETARIO

El Secretario del Club será elegido, de entre sus miembros, por la Junta Directiva y asistirá al Presidente en todas las funciones que deba desarrollar éste, de conformidad con los presentes Estatutos. En particular le corresponden las siguientes funciones:

  1. Asistir a todas las sesiones de la Junta Directiva, levantando Acta de las reuniones.

  2. Mantener al día los Libros de Actas de la Asamblea General y de la Junta Directiva, en los que consignará las reuniones de uno y otro órgano, con expresión de la fecha, asistentes a las mismas, asuntos tratados y acuerdos adoptados.

  3. Llevar y custodiar el Libro Registro de miembros, así como el Fichero de los mismos, en los que constarán los nombres, apellidos, profesión y domicilio de los socios, con especificación de aquellos que ejerzan en el Club cargos de administración, gobierno o representación.

  4. Dirigir la confección de impresos, manifiestos y demás documentos, circulares de propaganda, divulgación y comunicación, que firmará con el visto bueno del Presidente.

  5. Informar a los socios sobre los acuerdos de las Asambleas.

  6. Convocar, de orden del Presidente, las reuniones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.

  7. Informar al Tesorero de las altas y bajas de socios.

  8. Notificar a los socios que hayan causado baja por decisión de la Junta Directiva, la resolución que la acuerde y reflejar en Acta tales bajas.

  9. Expedir certificaciones y extractos con referencia a los datos consignados en los Libros del Club.

  10. Firmar las invitaciones que se expidan.

  11. Dirigir la organización interna del Club, por sí o por medio del personal especializado que la Junta Directiva ponga a sus órdenes.

 

Artículo 30. DEL TESORERO

El Tesorero del Club será elegido de entre sus miembros por la Junta Directiva, correspondiéndole las siguientes funciones

  1. Llevar los Libros de Contabilidad, en los que figurarán todos los ingresos del Club, precisándose la procedencia de aquellos y la inversión de éstos. En tal sentido, recibirá y contabilizará cualquier ingreso del Club y pagará los gastos que apruebe la Junta Directiva.

  2. Formalizar anualmente un estado de cuentas de los ingresos y gastos del Club, que presentará con los Balances a la Asamblea General Ordinaria.

  3. Presentar a la Junta Directiva, cuando ésta lo requiera, estados de la situación financiera del Club.

  4. Confeccionar el proyecto de Presupuesto anual.

  5. Requerir a los socios que no se encuentren al corriente en el pago de sus obligaciones económicas con el Club o con los Servicios del mismo, concediéndoles un plazo para hacerlas efectivas, informando de todo ello a la Junta Directiva y proponiendo las medidas a tomar en cada caso.

  6. Informar a la Junta Directiva sobre la situación financiera del Club y proponer y justificar cualquier gasto especial que deba efectuarse para atender a objetivos o necesidades de carácter extraordinario.

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Título VI. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Y DISOLUCIÓN DEL CLUB

Artículo 31. DE LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS

La modificación de los Estatutos deberá aprobarse en Asamblea General Extraordinaria, convocada expresamente para tal fin, con el voto favorable de las dos terceras partes de los socios presentes o representados específicamente para dicha reunión. Las modificaciones estatutarias sólo surtirán efecto, con respecto a terceros, desde la fecha de su inscripción en el Registro de Asociaciones.

 

Artículo 32. DE LA DISOLUCIÓN DEL CLUB

El Club se disolverá por voluntad de los socios, por las causas determinadas en el Artículo 39 del Código Civil y por Sentencia Judicial. El acuerdo voluntario de disolución del Club competerá exclusivamente a la Asamblea General, acuerdo deberá ser adoptado por el voto favorable de las dos terceras partes de los socios presentes o representados la Asamblea General Extraordinaria convocada para tal fin. La disolución no tendrá vigor ni efectos frente a terceros hasta que haya sido inscrita en el Registro de Asociaciones. Acordada válidamente la disolución, la Junta Directiva se constituirá en Comisión Liquidadora y continuará en sus funciones hasta el término de la liquidación, salvo que por la Asamblea General Extraordinaria que acuerde dicha disolución, se nombre expresamente una comisión liquidadora de distinta composición, que estará compuesta, en tal caso, al menos por tres miembros o más, pero siempre en número impar. La liquidación del patrimonio del Club será realizada en la medida necesaria para cubrir sus obligaciones y cargas; de entre las obligaciones, tendrá carácter preferente el pago y cumplimiento de las atenciones correspondientes al personal contratado, de conformidad con las Leyes Laborales. Los fondos que quedarán después de satisfechas las obligaciones pendientes, se aplicarán a los propósitos de beneficencia que hubiera dispuesto la Asamblea que acordara la disolución.

 

Título VII. DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 33. CUOTAS DE ENTRADA Y DE PERMANENCIA

Los Fundadores fijan la cuota de ingreso en el Club en 5.000 pesetas, y la de permanencia en 5.000 pesetas anuales, devengándose esta última por años naturales anticipados. En lo sucesivo, corresponderá a la Junta Directiva fijar y revisar la cuantía de las referidas cuotas.

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